Derecho Sucesorio Gallego

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Una vez celebradas en varias ciudades gallegas las primeras jornadas sobre esta materia, organizadas conjuntamente por Deloitte y Caixanova, destacamos dos aspectos fundamentales:

Por un lado, las notables peculiaridades que el derecho sucesorio gallego, de aplicación exclusiva a los gallegos, tiene frente al Derecho aplicable en otras Comunidades Autónomas.

Por otro, que no nos debemos limitar a comparar los incentivos establecidos por cada Comunidad Autónoma a efectos del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, por cuanto la aplicación conjunta de la norma fiscal con la ley civil sucesoria, y la incidencia de otros impuestos como el IRPF, pueden modificar drásticamente los resultados inicialmente previstos.

No hay duda que tanto la parte de derecho civil sucesorio gallego como la parte de normas tributarias aplicables al mismo son muy jóvenes en su aplicación y habrá que esperar mucha jurisprudencia para solventar algunas de las lagunas que todavía quedan, pero, por lo de pronto, sí que están claras las potencialidades que en este momento y con la norma en la mano, como gallegos, disponemos.

¿Sabías que …

  • … la normativa en materia de derecho sucesorio gallego equipara, en todos los derechos y obligaciones, al matrimonio y a la pareja de hecho, siempre y cuando ésta esté debidamente inscrita en el Registro de Parejas de Hecho de Galicia?
  • … dicha normativa permite fórmulas testamentarias no reguladas en el derecho civil estatal, como el testamento mancomunado (simple, recíproco o correspectivo), o incluso la realización de un testamento por comisario?
  • … también faculta la posibilidad de realizar pactos sucesorios, verdaderas disposiciones mortis causa, no permitidos con carácter general por el código civil estatal?
  • … la “legítima”, aquella parte del patrimonio a la que tienen derecho los parientes en línea recta y el cónyuge de cualquier persona, mientras que en el Estado ha de ser como mínimo de dos tercios, en Galicia se reduce a un 25% del mismo?
  • … la adecuada combinación de la flexibilidad en fórmulas sucesorias del derecho gallego con la tributación establecida puede hacer que el impuesto final a pagar por sucesiones pueda ser muy inferior al que se derive de otras comunidades autónomas supuestamente con tarifas de impuesto más reducidas?
  • … la normativa aplicable en materia de donaciones puede ser diferente, dependiendo si se lo que se aportan son inmuebles o participaciones en sociedades inmobiliarias, o si son otro tipo de bienes no inmuebles?
  • … La Administración Tributaria realiza actuaciones de comprobación e investigación para verificar, de hecho, si es real o ficticio un cambio de domicilio fiscal, realizado simplemente para intentar aplicarse tarifas de impuesto más favorables de otras comunidades autónomas?
  • … desde producirse un hecho imponible, tanto por sucesiones como por donaciones, se tiene un plazo máximo de 6 meses para realizar la correspondiente autoliquidación del impuesto y que, además, pasado dicho plazo, no se permite acreditar reducciones no aplicadas en la declaración inicialmente presentada?

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